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jueves, 14 mayo 2026
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    Estos son los aspirantes a candidatos independientes

    El Instituto Estatal Electoral de Baja California (IEEBC) recibió 29 solicitudes de manifestación de intención para aspirar a ser candidato Independiente para contender por el cargo de Diputado por Principio de Mayoría en el Estado, de los cuales cinco fueron requeridos por la falta de algún documento.

    I No hubo registros

    II Alberto Benito Cuenca Armenta

    III Cordelia Casas Gámez
    Daylin García Ruvalcaba
    Mario Antonio  Hurtado De Mendoza Batiz

    IV Mercedes Legy Espinoza

    V Blanca Esperanza Barraza Zamudio

    VI Rubén Fernández

    VII No hubo registros

    VIII Pedro Cruz Camarena
    Erwin Jorge Areizaga Uribe
    Sergio Ruvalcaba Carlos

    IX Adolfo Calette Verduzco
    Rodrigo Enrique Jiménez Márquez

    X Ignacio Anaya Barriguete
    Héctor Guillermo Gutiérrez Bertram
    Julio Cesar Díaz Carrera

    XI Adrian Anzar Vazquez

    XII Francisco Alfredo  Montoya Turrillas
    Paco Palani Rouvroy Rodríguez

    XIII Andrés Alejandro Dueñas Castillo
    J. Guadalupe Pintado  Delgado

    XIV Luis Hilario Hernández Ledezma

    XV Francisco Torres Sevilla

    XVI Álvaro Villagran Ochoa
    Gildardo Rodríguez Espinoza

    XVII No hubo registros
     

    En cuanto a los ciudadanos Aspirantes que manifestaron la intención y que fueron requeridos por la falta de algún documento tendrán un plazo de hasta 48 horas para presentarlos:

    SERGIO ARTURO FERNÁNDEZ
    RAMÓN GABRIEL ROJAS VILLARRUEL
    JUAN GUILLERMO IBARRA BARRAZA
    MARIANO DE LA PAZ OCHOA
    JOSÉ ALBERTO MORENO ESCOURIDO
     

    La Secretaria Ejecutiva informó que las manifestaciones de apoyo deberán contenerse en los formatos que autorizó el Instituto y que se denominan “cédula de respaldo”, la cual deberá tener los datos de identificación del aspirante a la candidatura de que se trate, los espacios suficientes para el llenado de los datos de los ciudadanos que manifiesten su apoyo, entre otros: nombre completo, clave de elector, número de la credencial de elector, firma o huella respectiva y los demás que determine la autoridad.

    Para la fórmula de diputados de mayoría relativa, la cédula de respaldo deberá estar integrada por ciudadanos de por lo menos la mitad de las secciones electorales del distrito respectivo que sumen entre todas cuando menos el 3% de ciudadanos que figuren en la lista nominal de electores de la correspondiente demarcación Distrital.

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