MEXICALI.- A casi dos años de haberse presentado el conflicto de Periódicos Healy con el Gobierno del Estado y luego de alcanzar un aparente acuerdo entre ambas partes, la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) podría revivir el tema, ya que la Primera Sala de Amparo atrajo el amparo presentado por el Ejecutivo Estatal en contra de la demanda del medio de comunicación por supuestas restricciones a la libertad de expresión.
Cabe recordar que en marzo del 2015, el Gobierno de Baja California publicó un desplegado en donde acusaron de chantaje a Grupo Healy al no cumplir con la demanda económica de la empresa, es decir, exigían mayor presupuesto de difusión, mismo que el Ejecutivo no estaba dispuesto a otorgar.
Luego del desplegado, Grupo Healy presentó una demanda en contra del Gobierno de Baja California por haberlos calumniado de esa manera. Esto a su vez generó un amparo del Ejecutivo, el cual nunca se resolvió.
Tras varios meses de fricciones, el Gobierno de Baja California y Grupo Healy lograron un acuerdo, incluso en la actualidad son de los más beneficiados en el presupuesto de difusión que otorga el Ejecutivo y el Ayuntamiento de Mexicali.
Sin embargo, de forma sorpresiva, 1 año y 8 meses después, a propuesta del Ministro José Ramón Cossío Díaz, la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) determinó ejercer la facultad de atracción 109/2016 en sesión de 23 de noviembre de 2016, la que permitirá conocer de un amparo en revisión en el que se denuncian por un medio de comunicación restricciones indirectas a la libertad de expresión de parte de diversas autoridades del Estado de Baja California, incluido el Gobernador y cinco Presidentes Municipales.
Durante la sesión se señala que: “En efecto, el asunto se origina a partir de un desplegado dirigido a la opinión pública y firmado por diversas autoridades estatales en las que acusan a un grupo de periódicos de manejar información fuera de objetividad y atentar en contra de la imagen del Estado de Baja California, por lo que manifiestan su intención de dar por terminadas las relaciones comerciales con dicho grupo de medios, aduciendo también cuestiones presupuestales. El grupo de medios de comunicación promovió un juicio de amparo indirecto, con el argumento central de que la amenaza de cancelar las relaciones comerciales referidas constituye en realidad un método de presión debido a su inconformidad con la línea editorial de sus periódicos”.
“En su resolución, la Primera Sala resolvió que el asunto reúne los requisitos de importancia y trascendencia toda vez que permitirá analizar si, efectivamente, el desplegado de las autoridades pudiera tener el carácter de acto reclamado para los efectos del juicio de amparo, y de ser así, si pudiera implicar una restricción indirecta a la libertad de expresión de conformidad con los estándares interamericanos. Asimismo, el Alto Tribunal consideró que sería relevante para fijar una posición respecto de si los medios de comunicación son una especie de figura pública a la que les es exigible un mayor grado de tolerancia respecto a ataques que puedan sufrir en su honor, y si dicha exigencia es aplicable únicamente frente a particulares o también frente a los discursos de los órganos del Estado”
“En suma, y siempre a reserva de lo que finalmente proceda una vez que se haya realizado el estudio cuidadoso del caso, la Primera Sala resolvió que el conocimiento del amparo puede dar pie a sentar, revisar y consolidar criterios relevantes en torno al derecho a la libertad de expresión y sus restricciones indirectas, así como sus interacciones con los derechos a la igualdad y no discriminación y al honor”.
Cabe señalar que el Gobierno del Estado nunca se desistió del amparo promovido en 2015, lo que generó la atracción de la Primera Sala, de ahí que la Suprema Corte podría desempolvar un tema que parecía terminado.
Información RadarBC
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