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sábado, 16 mayo 2026
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    Corrige diputada de Morena a Amador Rodríguez por Alcaldegate

    La XXIV Legislatura del Congreso del
    Estado actúa con legalidad, por lo cual no es verdad que el Presidente
    Municipal de Tijuana, Luis Arturo González Cruz, ocupe actualmente dos cargos
    de elección popular, afirmó la presidenta de la Junta de Coordinación Política,
    la Diputada María del Rocío Adame Muñoz.

    Ante las expresiones del Secretario
    General de Gobierno, Amador Rodríguez Lozano, en cuanto a la reincorporación
    del Presidente Municipal de Tijuana, la también coordinadora de la fracción de
    Morena, puntualizó que los puestos de elección popular son irrenunciables.

    Si bien, se pueden solicitar licencias
    temporales y definitivas, estas concluyen al momento el que representante
    popular decide regresar al cargo, aclaró.

    La legisladora recordó que el actual
    Gobernador del Estado, Jaime Bonilla Valdez, solicitó en su momento, licencia
    como Senador para contender como candidato a mandatario de la entidad.

    En el instante que él decida, legalmente
    tiene derecho a regresar al cargo para el cual lo eligieron en el 2018, agregó
    la legisladora.

    En el caso de Luis Arturo González Cruz,
    la diputada dijo que él pidió licencia a su cargo de Diputado Federal, a fin de
    poder solicitar su reincorporación como Presidente Municipal de Tijuana..

    Adame Muñoz destacó que prevalece el
    mandato popular para el cual fue electo en el año 2019, y donde el periodo
    termina este 30 de septiembre.

    Como antecedente, expuso que en diversos
    asuntos el Tribunal de Justicia Electoral resolvió que las licencias
    definitivas aprobadas por el Congreso del Estado, eran contrarias a
    disposiciones constitucionales, principalmente al derecho de ser votado, en su
    vertiente de acceso y desempeño del cargo de elección popular.

    “El Tribunal resolvió que la norma
    prevista en el artículo 42 de la Ley del Régimen Municipal, que regula el acto
    que establece la condición de que las ausencias mayores a treinta días
    naturales serán definitivas, contraviene el derecho político a ser votado,
    consagrado en el artículo 35, fracción II, de la Constitución Federal, en su
    modalidad de permanencia en el cargo público para el que fue elegido”, explicó
    Adame Muñoz.

    Respecto a las repetidas menciones que
    han hecho las autoridades de Gobierno del Estado del Artículo 125 de la
    Constitución Federal, la morenista sostuvo que está convencida de que el
    Acuerdo tomado por la mayoría del Congreso es legal, pues hay claros ejemplos
    registrados con anterioridad.

    Uno de ellos, dijo, es el del actual
    senador Manuel Velasco Coello, quien una vez que asumió en el Senado, pidió
    licencia para regresar como mandatario estatal, y al terminar su gestión
    retornó al Senado de la República.

    “Por eso insisto en que los puestos de
    elección popular son irrenunciables, y los derechos político electorales están
    por encima.

    “Ciertamente no se pueden ejercer dos
    puestos de elección popular al mismo tiempo, para ello existen las licencias,
    lo cual se realizó en el caso específico del ciudadano González Cruz”, agregó.

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