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jueves, 14 mayo 2026
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    Revoca Sala Regional negativa de registro a Juan Meléndrez; ordena al INE revisar postulación

    MEXICALI.- El pleno de la Sala Regional Guadalajara del
    Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) revocó la
    negativa de registro como candidato a diputado federal por el Distrito 01 en
    Baja California a Juan Meléndrez Espinoza, por lo que el consejo general del
    Instituto Nacional Electoral (INE) tendrá que revisar nuevamente su caso.

    En marzo, el consejo general del INE determinó la pérdida
    del registro de la candidatura a diputado federal de Juan Meléndrez Espinoza, por
    la omisión de presentar el informe de ingresos y gastos.

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    Entre los
    agravios presentados por el entonces aspirante a diputado federal para
    controvertir el acuerdo del INE, se encuentra que al no haberse realizado
    precampaña en Morena, no podía considerarse precandidato y por lo tanto no
    estaba obligado a presentar informe de gastos.

    Al respecto, los
    magistrados de la Sala Regional tomaron como referencia un criterio de Sala Superior
    en el que señala que pese a no existir precampañas, los aspirantes ya deben ser
    considerados precandidatos; además de que se registró formalmente ante el
    partido como aspirante por el Distrito 01 en Baja California.

    Otro argumento
    de Meléndrez Espinoza fue que la Unidad Técnica de Fiscalización (UTF) del
    INE violó su garantía de audiencia al enviar únicamente un requerimiento, es
    decir, no se inició un proceso sancionador, por lo tanto “no pudo confrontar
    toda la documentación y eso no le dio la oportunidad de defenderse”.

    Pese a ello, el pleno de la Sala Regional coincidió en
    que el precandidato tuvo la oportunidad de ejercer su derecho de audiencia y
    defensa adecuada, pero no lo realizó.

    Sin embargo, los magistrados acordaron que Meléndrez
    Espinoza tenía la razón en lo relacionado con el levantamiento de testimoniales
    realizada por la UTF, que documentó dos videos publicados en facebook, los
    cuales no pueden ser considerados como actos de campaña, ya que se deben a su
    trabajo como legislador local, pero aclaró que eso no quita su carácter de
    precandidato y por consiguiente su obligación de presentar un informe, aunque
    sea en ceros.

    Finalmente, la sentencia de Sala Regional Guadalajara
    confirmó que Meléndrez Espinoza incumplió con la presentación del informe, pero
    revocó parcialmente el acuerdo para que el Consejo General del INE vuelva a
    calificar la falta, reindividualice la sanción y se pronuncie de manera fundada
    y motivada respecto a la negativa de registro como candidato a diputado federal
    por el 01 distrito electoral en Baja California.

    Armando2
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    Me alimento de café, buenas pláticas y consejos.

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