Una persona fue víctima de tortura en el 28º Batallón de Infantería de Tijuana, tras recibir descargas eléctricas, golpes en las costillas y maniobras de asfixia.
La Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) emitió la Recomendación 97VG/2023 a la Secretaría de la Defensa Nacional (Sedena), luego de acreditar actos de tortura cometidos en contra de una persona dentro de las instalaciones del 28º Batallón de Infantería, ubicadas en la comunidad de Aguaje de la Tuna, en Tijuana.
La queja fue tramitada por personas familiares directas de la víctima mediante dos escritos presentados entre abril y mayo del año 2022. En ellos señalaron que su familiar fue ingresado el 26 de abril de 2008 en el cuartel sede del 28º Batallón de Infantería.
En el lugar fue torturado mediante descargas eléctricas en sus partes íntimas y recibió golpes en las costillas y maniobras de asfixia. Éstas no cesaron hasta que la víctima cedió a incriminarse de diversos delitos.
La CNDH integró en el expediente de queja la información recabada, cuya valoración permitió concluir que se acreditaron violaciones graves a los derechos humanos.
El 25 de abril de 2008, al ir conduciendo su vehículo, la víctima se vio envuelta en una balacera de la que resultó herida. Posteriormente bajó de su automóvil y solicitó auxilio, por lo que fue trasladado a instalaciones de la Cruz Roja, donde arribaron elementos de la Sedena.
Los militares lo trasladaron al Hospital General, para luego ser llevado a instalaciones del 28º Batallón de Infantería, donde lo ingresaron a una habitación. En el lugar, elementos de esa secretaría le infligieron toques eléctricos en sus genitales, técnicas de asfixia seca y húmeda, y demás agresiones y humillaciones.
Víctima presentaba síntomas de tortura
El dictamen Médico Forense Especializado para casos de tortura, señala que la víctima presentaba signos y síntomas indicativos de angustia, miedo y depresión. Lo anterior resultado de un hecho grave y amenazante para su integridad física y psíquica. Es decir, que actuó bajo sobrepresión psíquica y por lo tanto su conducta fue contraria a su propia voluntad.
El dictamen concluye que los alegatos de tortura por parte de la víctima son coherentes con los resultados de los exámenes médicos que le practicaron.
La CNDH advirtió que las agresiones físicas y psicológicas que le fueron infligidas a la víctima tenían como finalidad que confesara hechos ilícitos. La persona fue golpeada y amenazada a fin de disminuirle su capacidad, lo cual lograron, pues al rendir su declaración aceptó los delitos que le imputaban y firmó diversos documentos para inculparse.
Consideró que hay responsabilidad institucional de la Sedena con motivo de las violaciones a los derechos humanos cometidas en la sede del 28º Batallón de Infantería, lugar donde se realizaron los actos de tortura.
Señaló que participaron al menos dos personas servidoras públicas que entonces eran elementos en activo de esa secretaría. Éstos incurrieron en responsabilidad por los actos de tortura y omisiones en el dictamen médico cuya finalidad era encubrir los actos cometidos.
Deberán otorgar atención médica
La Comisión pidió a la Sedena su colaboración para que proceda a la inmediata reparación del daño ocasionado. Además, deberá otorgar la atención médica y psicológica que requiera la víctima, así como proveerle los medicamentos e instrumentos convenientes a su situación individual.
También pidió colaborar con la Fiscalía General de la República (FGR) para que se concluya la investigación e identificar a los responsables.
Finalmente, la CNDH dio un plazo de tres meses para que la Sedena emita una circular en la que se solicite que toda la actividad que se realice referente a la detención y puesta a disposición ante autoridades debe ser en estricto cumplimiento a los derechos humanos.
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