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    Sanciona CNDH a Sedena por muerte de un militar en Mexicali

    La Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) emitió una Recomendación a la Secretaría de la Defensa Nacional por la muerte de un militar durante un entrenamiento en Mexicali

    La Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) emitió una Recomendación a la Sedena por la muerte de un militar en Mexicali.

    El organismo dio a conocer la Recomendación 59VG/2022 al titular de la Secretaría de la Defensa Nacional (SEDENA), Luis Cresencio Sandoval González.

    La Recomendación se deriva de las violaciones graves a derechos humanos por la privación de la vida en agravio de un elemento de la propia SEDENA.

    El militar falleció durante un curso de entrenamiento realizado en Mexicali, Baja California, debido a acciones y omisiones por parte de las personas responsables del adiestramiento, pertenecientes a la misma Secretaría.

    El 2 de diciembre de 2020, la Comisión Nacional recibió un escrito en el que la persona que presentaba la queja refirió que, el 24 de noviembre de 2020, le informaron que la víctima había fallecido y su cuerpo se encontraba en Mexicali, Baja California, donde sucedieron los hechos.

    Los encargados no le brindaron información referente a las circunstancias que causaron el deceso.

    Sin embargo, la necropsia arrojó que la persona había fallecido por asfixia, por lo que presentó la queja solicitando la intervención de la CNDH para aclarar lo ocurrido.

    Detalles de la muerte del militar

    La investigación mostró que el día 24 de noviembre de 2020 se realizó un curso de fuerzas especiales en el desierto.

    Cuando los militares cubrían los bunkers que anteriormente habían excavado, el servidor público que fungía como instructor ordenó a la víctima que se introdujera en el búnker número 8.

    El militar obedeció la orden de su superior, agrega la CNDH.

    Una vez dentro, el instructor ordenó que lo taparan, por lo que arrojaron tierra y lo sepultaron.

    Posteriormente, se ordenó a otros cuatro elementos que se introdujeran al mismo búnker y también los enteraron.

    Un instructor caminó sobre la tierra que cubría a los militares, indicó la CNDH.

    Los testimonios recopilados refieren que los responsables del grupo comenzaron a tomar fotografías riéndose de lo que ocurría.

    Este tipo de prácticas eran recurrentes por parte de ambos, sin que el responsable principal del grupo se percatara de ello, ya que lo hacían cada vez que se alejaba del lugar, indican los testimonios.

    Auxiliados por compañeros que se encontraban fuera del búnker en ese momento, cuatro de los sepultados lograron salir.

    Sin embargo, no se percataron de que la víctima quedó al interior, ni en qué momento fue ingresado al mismo.

    Una de las personas que había estado enterrada se percató de que había perdido su cargador.

    Al buscarlo al interior del búnker apareció la víctima, quien yacía inconsciente, por lo que fue trasladada a un hospital.

    No obstante, al llegar al nosocomio ya se encontraba sin signos vitales.

    Las indagatorias de la CNDH

    Las investigaciones de la CNDH evidencian que la víctima fue privada de la vida por acciones y omisiones de quienes estaban a cargo del entrenamiento, elementos adscritos a la SEDENA.

    Con ello se violentó el derecho a la vida de la víctima y se alteraron los derechos de los integrantes de su familia.

    Las personas servidoras públicas que se encontraban al mando no procuraron cumplir con el deber reforzado del cuidado para garantizar la integridad de los cursantes.

    Además, quedó evidenciada la falta de vigilancia respecto a las prácticas irregulares que entre soldados llevan a cabo como “métodos de castigo”.

    La recomendación

    La comisión solicitó a la SEDENA que se inscriba a las personas afectadas por estos hechos en el Registro Nacional de Víctimas.

    Además, que proceda a la inmediata reparación integral del daño ocasionado a las víctimas indirectas.

    La reparación debe incluir una compensación justa y suficiente tomando en cuenta la gravedad de los hechos.

    Además de que se les otorgue atención médica integral y psicológica permanente.

    Se requiere que la SEDENA colabore ampliamente con el Juzgado Militar encargado del trámite de la Carpeta de Investigación en contra de las personas servidoras públicas responsables de los hechos,.

    De acuerdo a la CNDH, hay datos o indicios que permiten advertir presuntas responsabilidades penales.

    También es indispensable contribuir en las líneas de investigación que aún no han sido agotadas por la autoridad ministerial.

    La finalidad es que se esclarezcan los hechos respecto de la muerte de la víctima, cuidando que se cumpla con el debido proceso y el acceso a la justicia.

    Exige colaboración

    Asimismo, pide que se colabore ampliamente con la Fiscalía General de Justicia Militar de Investigación del Delito y Control de Procesos para el cumplimiento de la orden de aprehensión en contra de uno de los servidores públicos involucrados,.

    La Comisión califica de indispensable verificar la realización de las acciones adecuadas para cumplir oportunamente la orden de aprehensión correspondiente.

    Los agentes encargados de llevarla a cabo deben solicitar apoyo de entidades que pudiesen contar con datos para localizar a la persona requerida.

    Solicita que se remita copia de la Recomendación al Juzgado Militar a cargo del caso y al Órgano Interno de Control en la SEDENA.

    El objeto es que sea incorporada a la documentación de estos procesos.

    La CNDH pide impartir un curso de capacitación integral en derechos humanos a integrantes del Centro de Adiestramiento de Fuerzas Especiales Temamatla, Estado de México.

    El entrenamiento incluye al Centro de Operaciones en Desierto, Laguna Salada, Baja California, ambos del Ejército Mexicano, para prevenir hechos similares.


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