MEXICALI.- La Comisión de Participación Ciudadana y
Educación Cívica del Instituto Estatal Electoral de Baja California (IEEBC) determinó
como improcedente la solicitud de referéndum en contra de la denominada “Ley
Gandalla” que permite a funcionarios públicos buscar la elección consecutiva
sin dejar del cargo.
Mediante un comunicado, el IEEBC informó que lo anterior
se resolvió durante la sesión de dictaminación, donde la Consejera Electoral Olga
Viridiana Maciel Sánchez, expresó que en los términos del artículo 44 de la Ley
de Participación Ciudadana se procedió al análisis de la solicitud referida a
efecto de determinar su trascendencia en la vida pública del Estado de Baja
California.
En este sentido, se solicitó el auxilio de instituciones
de educación superior, organismos no gubernamentales u organismos
ciudadanizados, relacionadas con la materia objeto del referéndum
constitucional solicitado.
Derivado del estudio realizado, tomando en cuenta la
información y documentación recabada, la Comisión determinó la trascendencia de
la solicitud debido al contenido de que trata la reforma y, además, por la
importancia de que se someta a consulta de la ciudadanía si está o no de
acuerdo con la misma.
Asimismo, la Consejera Maciel explicó que, luego de haber
determinado su trascendencia en la vida pública del Estado, se dio inicio con
la tercera etapa cuyo objetivo es determinar la procedencia o no del referido
ejercicio democrático.
Ante esto, la Comisión determinó como improcedente la
mencionada solicitud, ya que, a pesar de revestir el carácter de trascendente,
las normas que se pretenden someter a consulta fueron modificadas, generando un
cambio normativo y dejando sin materia dicha solicitud.
Dentro del catálogo de improcedencias que se estableció
en la Ley de Participación Ciudadana, se consideró que una solicitud de
referéndum es improcedente si la norma o normas que se pretendan someter a
consulta se hubieren modificado.
La solicitud de referéndum fue promovida con motivo del
Decreto 74 mediante el cual se reformaron los artículos 16, 78 y 80 de la
Constitución Local, el cual fue publicado en el Periódico Oficial del Estado en
fecha 16 de junio de 2020.
Posteriormente el Congreso del Estado emitió el Decreto
102 publicado en el Periódico Oficial del Estado en fecha 2 de septiembre de
2020, mediante el cual se reformaron diversas disposiciones de la Constitución
Local y otros ordenamientos legales, destacando la modificación de los artículos
materia de la solicitud de referéndum.
Este punto de acuerdo fue aprobado por unanimidad por las
y el integrante de la Comisión, el cual será turnado al Consejo General para su
análisis, discusión y, en su caso, aprobación.
*Comunicado


