Mexicali. La Cámara de Diputados del Congreso de la Unión
aprobó este miércoles la despenalización y la regulación del uso lúdico de
marihuana con fines recreativos y la plantación de esta, entre otras
formas de utilidad, que la Ley Federal para la Regulación del Cannabis
estipula, así como las reformas a la Ley General de Salud y de
Código Penal.
Esta iniciativa de ley ya había sido aprobada en noviembre
del año pasado por el Senado, mismo que deberá ratificar ahora las
modificaciones hechas por la Cámara de Diputados antes de que el presidente
Andrés Manuel López Obrador promulgue la ley.
Con 250 votos a favor, 163 en contra y 14 abstenciones,
la cámara aprobó la Ley Federal para la Regulación del Cannabis, misma
que permite fumar marihuana en casa sin presencia de menores, portar hasta
28 gramos, poseer hasta ocho plantas por domicilio y crear asociaciones de
fumadores con un máximo de 50 plantas.
«El consumo de sustancias psicoactivas, entre estas el
Cannabis, no está considerada como uno de los grandes problemas de salud
pública en México como lo es el alto índice de mortandad por diabetes,
cáncer, enfermedades renales, del azúcar y del corazón, entre otros»,
señaló el diputado Rubén Cayetano García.
Esta ley también establece la creación del
Instituto Mexicano de Regulación y Control del Cannabis (IMRCC), el cual se
encargará de regular y autorizar la producción y venta de dicho
producto, el cual podrá ser comercializado por empresas privadas reguladas por
este instituto.
El IMRCC plantea establecer un sistema de licencias el cual
consta de seis tipos: – Licencias integrales, las cuales permitirán la
realización de todas las actividades de la cadena productiva.- Licencias con
fines de producción- Licencias con fines de distribución- Licencias con fines
de venta al usuario final- Licencias con fines de producción o
comercialización de productos derivados – Licencias con fines de
investigación
Diversos medios, como The New York Times, ya perfilan a
México para ser el mayor mercado de marihuana del mundo por población,
destacando que dicho mercado podría ser la salvación del país ante el desastre
económico que dejó la pandemia de COVID-19.
La ley permitirá la producción con fines de
investigación, en torno al uso medicinal del producto, y al uso industrial, ya
que uno de los derivados del cannabis es el cáñamo, el cual tiene
múltiples usos para la industria terapéutica, cosmética, automotriz y de
construcción.
En caso de que una persona posea más de 28 gramos se hará
acreedor a una falta administrativa, por lo que deberá pagar una multa de
60 hasta 120 veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización, es
decir, desde los 5,000 hasta los 10,500 pesos. Si la persona trae más
de 200 gramos, podría ser sancionada con tres a seis años de prisión.
Queda prohibido el consumo y venta de cualquier producto
derivado del cannabis en escuelas o áreas trabajos no autorizados, con multas
que van de 500 a 3 mil veces el valor diario de la UMA, cantidad que se
duplicará si hay reincidencia.


