MEXICALI.- El Consejo General del Instituto Estatal
Electoral de Baja California (IEEBC) aprobó por unanimidad un punto de acuerdo
con el cual flexibilizó el requisito de residencia que exige la ley para quienes
aspiren a una candidatura, por lo que la carta de residencia, establecida en
los lineamientos, no será el único documento para acreditar ese requerimiento.
Recientemente, el diputado federal con licencia Héctor Cruz,
denunció que el Ayuntamiento de Tijuana le ha negado la carta de residencia a Julián
Leyzaola Pérez, argumentando que se el trámite debe realizarlo de forma personal, lo
que según el legislador representa una violación al artículo 148 de la Ley
electoral del Estado.
Derivado de lo anterior, el Delegado Nacional en
funciones de presidente del Comité Directivo Estatal del Partido Encuentro
Solidario (PES), José Alfredo Ferreiro Velazco, así como un ciudadano
identificado como José Humberto Ramos González, realizaron una consulta al
organismo electoral para conocer cuál sería la forma de proceder en caso de no
contar con la carta de residencia que establecen los lineamientos.
Es así que durante la sesión extraordinaria realizada
este miércoles, el consejero presidente Luis Alberto Hernández Morales, presentó
un punto de acuerdo donde establece que en caso de no contar con la carta de
residencia deben presentarse «todos los medios de prueba posible» para
acreditar la vecindad.
El punto de acuerdo generó inconformidad entre los
representantes de Morena, Movimiento Ciudadano y Redes Sociales Progresistas;
Juan Manuel Molina García, Salvador Miguel de Loera Guardado y Pedro Manuel
Athie García, respectivamente, quienes consideraron que el consejo general violentó
la autonomía de los municipios, en este caso el de Tijuana, y además estaba
inaplicando la ley electoral del Estado.
Aunque el punto de acuerdo no hacía referencia a ninguna
persona, el representante de Morena, Juan Manuel Molina García, señaló que se
trata del caso de Leyzaola Pérez, aspirante a la presidencia municipal de
Tijuana por el partido Encuentro Solidario.
Al respecto, el consejero electoral Daniel García García
aclaró que el punto de acuerdo se debió a que el Ayuntamiento de Tijuana estaba
violentando una norma electoral, ya que tiene la obligación de expedir la carta
de residencia a los aspirantes a una candidatura, pero se ha negado en el caso
de Leyzaola.
En ese mismo sentido, el representante del Partido de Baja
California (PBC), Salvador Guzmán Murillo, aseguró que históricamente los
gobiernos en turno dificultan el trámite de la carta de residencia a los
aspirantes que no pertenecen el partido que se encuentra en el poder, por lo
tanto el punto de acuerdo hace cumplir el derecho a ser votado.
De igual forma la consejera electoral, Olga Viridiana
Maciel Sánchez, aclaró que existe una jurisprudencia en la que permite a los
organismos electorales valorar todos los medios de prueba necesarios para
acreditar la residencia, es decir, no solamente la carta de residencia que se
establece en los lineamientos.
Tras un debate de aproximadamente dos horas los consejeros
electorales aprobaron el punto de acuerdo, lo que permitiría a Julián Leyzaola Pérez presentar su registro como aspirante a la alcaldía de Tijuana sin necesidad de
incluir la carta de residencia contemplada en los lineamientos, aunque tendría
que acreditar la vecindad con algún otro documento.
Reportero mexicalense.
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