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viernes, 15 mayo 2026
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    Facilita IEEBC registro de Julián Leyzaola; flexibiliza requisito de residencia

    MEXICALI.- El Consejo General del Instituto Estatal
    Electoral de Baja California (IEEBC) aprobó por unanimidad un punto de acuerdo
    con el cual flexibilizó el requisito de residencia que exige la ley para quienes
    aspiren a una candidatura, por lo que la carta de residencia, establecida en
    los lineamientos, no será el único documento para acreditar ese requerimiento.

    Recientemente, el diputado federal con licencia Héctor Cruz,
    denunció que el Ayuntamiento de Tijuana le ha negado la carta de residencia a Julián
    Leyzaola Pérez, argumentando que se el trámite debe realizarlo de forma personal, lo
    que según el legislador representa una violación al artículo 148 de la Ley
    electoral del Estado.

    Derivado de lo anterior, el Delegado Nacional en
    funciones de presidente del Comité Directivo Estatal del Partido Encuentro
    Solidario (PES), José Alfredo Ferreiro Velazco, así como un ciudadano
    identificado como José Humberto Ramos González, realizaron una consulta al
    organismo electoral para conocer cuál sería la forma de proceder en caso de no
    contar con la carta de residencia que establecen los lineamientos.

    Es así que durante la sesión extraordinaria realizada
    este miércoles, el consejero presidente Luis Alberto Hernández Morales, presentó
    un punto de acuerdo donde establece que en caso de no contar con la carta de
    residencia deben presentarse «todos los medios de prueba posible» para
    acreditar la vecindad.

    El punto de acuerdo generó inconformidad entre los
    representantes de Morena, Movimiento Ciudadano y Redes Sociales Progresistas;
    Juan Manuel Molina García, Salvador Miguel de Loera Guardado y Pedro Manuel
    Athie García, respectivamente, quienes consideraron que el consejo general violentó
    la autonomía de los municipios, en este caso el de Tijuana, y además estaba
    inaplicando la ley electoral del Estado.

    Aunque el punto de acuerdo no hacía referencia a ninguna
    persona, el representante de Morena, Juan Manuel Molina García, señaló que se
    trata del caso de Leyzaola Pérez, aspirante a la presidencia municipal de
    Tijuana por el partido Encuentro Solidario.

    Al respecto, el consejero electoral Daniel García García
    aclaró que el punto de acuerdo se debió a que el Ayuntamiento de Tijuana estaba
    violentando una norma electoral, ya que tiene la obligación de expedir la carta
    de residencia a los aspirantes a una candidatura, pero se ha negado en el caso
    de Leyzaola.

    En ese mismo sentido, el representante del Partido de Baja
    California (PBC), Salvador Guzmán Murillo, aseguró que históricamente los
    gobiernos en turno dificultan el trámite de la carta de residencia a los
    aspirantes que no pertenecen el partido que se encuentra en el poder, por lo
    tanto el punto de acuerdo hace cumplir el derecho a ser votado.

    De igual forma la consejera electoral, Olga Viridiana
    Maciel Sánchez, aclaró que existe una jurisprudencia en la que permite a los
    organismos electorales valorar todos los medios de prueba necesarios para
    acreditar la residencia, es decir, no solamente la carta de residencia que se
    establece en los lineamientos.

    Tras un debate de aproximadamente dos horas los consejeros
    electorales aprobaron el punto de acuerdo, lo que permitiría a Julián Leyzaola Pérez presentar su registro como aspirante a la alcaldía de Tijuana sin necesidad de
    incluir la carta de residencia contemplada en los lineamientos, aunque tendría
    que acreditar la vecindad con algún otro documento.

    Armando2
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    Reportero mexicalense.
    Me gusta el periodismo de datos y la investigación.
    Me alimento de café, buenas pláticas y consejos.

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