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domingo, 16 marzo 2025
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    Incorrecto registro de Fuerza por México en Baja California

    El Tribunal Electoral de Baja California otorgo el registro a Fuerza por México con una interpretación incorrecta de la ley, consideró el presidente de Sala Regional Guadalajara.

     

    Mexicali. Aunque la Sala Regional Guadalajara del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) ratificó el registro como partido político local de Fuerza por México, Sergio Arturo Guerrero Olvera, magistrado presidente del organismo calificó este hecho como incorrecto debido a la interpretación del Tribunal de Justicia Electoral de Baja California (TJEBC).

    Este jueves Sala Regional resolvió cinco Juicios de Revisión Constitucional (JRC) presentados en contra del registro de Fuerza por México.

    Estos recursos fueron presentados por el Partido del Trabajo (PT), Partido Verde Ecologista de México (PVEM), Partido Encuentro Solidario Baja California (PESBC), Partido de la Revolución Democrática (PRD) y Movimiento Ciudadano (MC).

    El proyecto del magistrado Omar Delgado Chávez, que fue analizado en la sesión de este jueves confirma el registro de Fuerza por México. Lo anterior debido a que se trata de un hecho juzgado anteriormente, mismo que no fue impugnado por los partidos políticos.

    Posteriormente, el magistrado presidente tomó la voz para explicar el contexto de esta sentencia. Detalló que la resolución impugnada por los cinco partidos políticos deriva de una resolución previa del TJEBC que no fue impugnada.

    Recordó que el Instituto Estatal Electoral de Baja California (IEEBC) negó el registro a Fuerza por México, al no obtener el 3% de la votación.

    Según el Artículo 95, Numeral 5 de la Ley General de Partidos, los partidos políticos nacionales que pierdan su registro podrán buscar la acreditación local, siempre y cuando alcancen el 3 por ciento de la votación en la última elección.

    Sin embargo, Fuerza por México obtuvo el 1.3 % de los votos en la elección a la gubernatura, el 2.5% en la de Munícipes y el 2.6% en diputaciones.

    “El más cercano fue el 2.6, pero todavía esta muy lejos del 3 por ciento”, expresó Sergio Arturo Guerrero Olvera.

    Tribunal Electoral concede registro

    De forma contraria, el TJEBC tomó como base el Artículo 10, párrafo II, Inciso C, de la mencionada Ley. Con ella, acredita el registro por tener militancia en dos terceras partes de los municipios y más del 0.26 por ciento del padrón electoral.

    En su apreciación, el magistrado presidente calificó como cuestionable la interpretación del TJEBC, ya que combina los requisitos de dos procedimientos distintos.

    Explicó que el Artículo 10 es para las organizaciones que nunca han participado en un proceso electoral, pero que buscan convertirse en partidos.

    “Se combinaron requisitos laxos y requisitos estrictos para crear una tercera norma que combina, como un traje a la medida de ambas disposiciones”, manifestó.

    Finalmente, Sergio Arturo Guerrero Olvera consideró que la interpretación del TJEBC fue incorrecta, ya que combinaron dos disposiciones. Sin embargo, no se puede controvertir, ya que se trata de un tema juzgado.

    El proyecto fue aprobado por unanimidad, por lo que Fuerza por México fue ratificado como partido local en Baja California.


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