La coalición integrada por el PAN y el PRI presentó la convocatoria para 5 de las 7 alcaldías, las cuales serán definidas por proceso de encuestas
Mexicali. La coalición integrada por el PAN y el PRI presentó la convocatoria para la elección de candidatos a la alcaldía en 5 de los 7 municipios las cuales se someterán a un proceso similar al nivel nacional.
Dejando fuera las diputaciones, senadurías, regidurías y sindicaturas, Mario Osuna señaló que el proceso se encuentra abierto a la militancia de los dos partidos y a la ciudadanía que quiera participar.
Osuna señaló que a diferencia de las encuestas realizadas por Morena, en la coalición del PAN y PRI va a haber transparencia y se tomaran casas encuestados con gran prestigio para realizarlas.
Los interesados deberán inscribirse en las sedes correspondientes, en Ensenada – PAN, Mexicali – PAN, Playas de Rosarito – PRI, Tecate – PRI y Tijuana – PAN
La convocatoria para las personas que deseen participar será la siguiente:
I N V I T A C I Ó N
Al tenor de los siguientes lineamientos:
Capítulo I. Comité Coordinador
Se integrará un Comité Coordinador encargado de auxiliar que los procesos consultivos de selección de candidatos a las Alcaldías de los municipios de Baja California se desarrollen en apego a la Constitución y Ley Electoral, así como a los estatutos de los partidos políticos de la Coalición.
El Comité Coordinador se integrará por:
Un integrante de la sociedad civil
Un integrante del Partido Acción Nacional
Un integrante del Partido Revolucionario Institucional
Un secretario ejecutivo auxiliar
El Comité Coordinador privilegiará el consenso para la toma de decisiones. En caso necesario las decisiones serán aprobadas por mayoría simple.
El Comité Coordinador entregará a los órganos internos de los partidos los resultados de los trabajos de selección de candidatos a alcaldes de los municipios de Baja California para su aprobación y postulación en su caso.
Capítulo II. Disposiciones Generales
La finalidad de la presente invitación es convocar a todas las y los interesados en participar en una consulta que permita el acercamiento de la agenda ciudadana con los partidos políticos convocantes y la selección de los candidatos a alcalde de los municipios de Baja California. Conforme a los criterios de equidad conforme a los bloques de competitividad emitidos por el Instituto Estatal Electoral.
Capítulo III. De las personas aspirantes
Las y los ciudadanos mexicanos interesados deberán inscribirse ante el Comité Coordinador durante el periodo comprendido entre los días del 09 al 14 de enero de 2024 en un horario de atención de 10:00 a 17:00 horas, deberán solicitar cita previa:
En la sede del Comité Municipal del partido que encabeza la candidatura a la Presidencia Municipal de conformidad con el convenio de coalición.
Ensenada – PAN
Mexicali – PAN
Playas de Rosarito – PRI
Tecate – PRI
Tijuana – PAN
Podrán inscribirse como aspirantes a la Alcaldía, las personas mexicanas que, a la fecha de emisión de la presente invitación, no sean militantes de fuerzas políticas distintas a las convocantes, que cumplan con los siguientes requisitos:
Concretar cita ante el Comité Coordinador para la presentación de documentos y entrega de la solicitud de registro debidamente llenada y firmada; (ver Anexo 1).
Copia certificada de acta de nacimiento.
Copia por ambos lados de la credencial para votar con fotografía vigente, emitida por el Instituto Nacional Electoral.
Constancia de residencia, emitida por autoridad competente.
Curriculum Vitae con sus antecedentes en la vida democrática del país desde los partidos políticos o la sociedad civil, así como un texto de exposición de motivos que explique las razones por las que aspira a la alcaldía.
e) Carta 3 de 3 en materia de transparencia; (ANEXO 2)
f) Carta 3 de 3 contra la violencia; (ANEXO 3).
g) Consentimiento de uso de datos personales en el marco de la Ley dentro del proceso de selección de Candidato/a presidente/a Municipal; (ANEXO 4).
h) Designación de la persona representante ante el Comité coordinador, para oír y recibir notificaciones; (ANEXO 5).
i) Firma de conformidad con el método definido en estos lineamientos y con los resultados del proceso; (ANEXO 6).
j) Firma de acuerdo para integrar un gobierno de coalición. (ANEXO 7)
En caso de que a la solicitud de registro no contenga todos los elementos previstos en los incisos anteriores y esto sea subsanable, se le prevendrá en su correo electrónico registrado, al aspirante para que en un término de 24 horas contadas a partir de la notificación que se lleve a cabo lo subsane y quede debidamente acreditado el registro.
El Comité Coordinador realizará la recepción de las solicitudes, verificará el cumplimiento de requisitos e informará sobre el cumplimiento de los mismos y la participación del interesado en el presente proceso.
En caso de que la solicitud de registro provenga de una o un servidor público, deberá presentar el escrito de solicitud de licencia al cargo, al menos un día antes de la solicitud de su registro.
El Comité Coordinador podrá, en todo momento, solicitar información adicional de cualquier ciudadano o ciudadana registrada.
El 16 de enero, una vez cerrado el plazo de registro, el Comité Coordinador hará público el listado de las personas aspirantes que se registraron en el proceso de selección de candidatos a las presidencias municipales.
Capítulo IV. De las Etapas del Proceso
El proceso contará con 3 etapas:
PRIMERA ETAPA. – Foros.
SEGUNDA ETAPA. – Encuesta.
TERCERA ETAPA.- Ponderación del proceso por los órganos internos de cada partido político.
Únicamente podrán continuar en el proceso las personas aspirantes, que cumplan con los elementos de calificación de cada etapa. Las o los aspirantes que no lo cumplan, quedarán descalificados.
El Comité Coordinador informará sobre el cumplimiento de los elementos de cada una de las etapas.
La PRIMERA ETAPA dará inicio con el registro de las personas aspirantes y deberán participar en la celebración de los Foros sobre las Visiones del Municipio del que se trate, que se llevarán a cabo del 17 al 21 de enero.
El Comité Coordinador dará a conocer a las y los aspirantes la sede, horario y formato en el que se desarrollarán dichos Foros, mismo que tendrá verificativo en cada municipio en el estado.
En la SEGUNDA ETAPA se aplicarán estudios de opinión que se llevarán a cabo del 31 de enero al 21 de febrero. El contenido de los cuestionarios, metodología y empresas encargadas de la aplicación, serán determinadas por el Comité Coordinador y comunicados a las personas aspirantes, a más tardar el 30 de enero.
El Comité Coordinador hará públicos los resultados el jueves 22 de febrero.
Capítulo V. De las actividades de la consulta
Durante el desarrollo de cada una de las etapas de consulta, las personas aspirantes podrán del 14 al 21 de enero:
a) Llevar a cabo actos con la ciudadanía a efecto de obtener su simpatía e incentivar la participación en el proceso.
b) Hacer uso de la plataforma y herramientas tecnológicas a su alcance a efecto de promover su Visión del municipio y;
c) Todo acto o documento de promoción que se realice deberá contener, de forma clara y visible el fin al que va dirigido, es decir, la leyenda “Propaganda dirigida a los militantes del Partido XXX y miembros de XXXX (órgano interno de cada partido)”.
Las y los aspirantes no podrán denostar, atacar, ofender o realizar cualquier actividad dirigida a desprestigiar la aspiración de cualquier participante, queda estrictamente prohibida.
A efecto de dar cumplimiento al principio de máxima publicidad, transparencia y rendición de cuentas, las y los aspirantes proporcionarán al Comité Coordinador un calendario que deberá contener los recorridos de trabajo y actividades que tengan programadas para realizar durante el proceso.
Adicionalmente, cada aspirante deberá llevar un control de los recursos que utilice, los cuales serán reportados ante el Comité Coordinador, a efecto de que, en su momento, los partidos integrantes de la Coalición cumplan con sus informes del gasto ordinario conforme a sus obligaciones en materia de fiscalización.
Queda prohibido el uso de recursos públicos o provenientes de personas morales o extranjeras, así como todas aquellas que establece el artículo 54 de la Ley General de Partido Políticos.
El Comité Coordinador podrá sancionar a la persona aspirante que actúe en contra de lo previsto en la presente invitación, previo procedimiento de queja que se desahogue. La sanción dependerá de la gravedad de la falta, y podrá ser:
a) Amonestación privada.
b) Suspensión de la participación en los Foros o Diálogos Ciudadanos.
Durante el desarrollo del proceso queda prohibido:
a) La entrega de cualquier tipo de material, en el que se oferte o entregue algún beneficio directo, indirecto, mediato o inmediato, en especie o efectivo, a través de cualquier sistema que implique la entrega de un bien o servicio, ya sea por sí o interpósita persona.
b) El pago de cuotas, viáticos o transporte para acudir a los foros;
c) Los actos de condicionamiento de un empleo, servicio, crédito o cualquier beneficio, a cambio de la participación en la consulta;
d) Ejercer cualquier acción indebida que tenga por objeto inducir el apoyo a cualquiera de las personas aspirantes;
e) Hacer uso de recursos públicos para favorecer a alguna aspiración;
f) Colocar cualquier tipo de propaganda en equipamiento urbano.
El Comité Coordinador podrá, en cualquier momento, emitir lineamientos adicionales, respecto las actividades de la consulta.
Capítulo VI. Del financiamiento y la fiscalización
De conformidad con la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales todos los gastos a los que se refiere al artículo anterior serán reportados en su oportunidad a las autoridades de fiscalización del Instituto Nacional Electoral.
Capítulo VII. De lo no previsto
Cualquier situación no prevista en esta invitación será resuelta por el Comité Coordinador.
Periodista desde diciembre de 2004. Actualmente es Co-director de RadarBC y fotoperiodista en Semanario ZETA.


