Los tres exconsejeros del IEEBC exigían el pago de una prima de antigüedad por sus 7 años en el cargo, la cual representaría alrededor de 200 mil pesos.
Mexicali. El pleno de la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) declaró como improcedente el Juicio General promovido por los exconsejeros del Instituto Estatal Electoral de Baja California (IEEBC) que exigían el pago de una prima de antigüedad.
El pasado 8 de octubre, semanas antes de dejar el cargo, Olga Viridiana Maciel Sánchez, Jorge Alberto Aranda Miranda y Abel Alfredo Muñoz Pedraza, presentaron un Juicio Electoral para exigir el pago de la prima de antigüedad por sus siete años como consejeros electorales.



De izquierda a derecha, Jorge Alberto Aranda Miranda, Abel Alfredo Muñoz Pedraza y Olga Viridiana Maciel Sánchez.
Entre sus argumentos, los exconsejeros señalaron que la negativa de esa prestación resulta violatoria, ya que se trata de un derecho reconocido en la Constitución. Además, existe una relación jurídica con el instituto y contempla el pago remunerado de sus servicios.
Sin embargo, la Secretaría Ejecutiva del IEEBC emitió un oficio en el que señaló que las consejerías electorales no mantienen una relación de subordinación con el instituto, en consecuencia, no son trabajadores y no les corresponden las prestaciones contenidas en la Ley del Servicio Civil.
Por lo anterior, los exconsejeros electorales presentaron un Medio de Impugnación ante el Tribunal de Justicia Electoral de Baja California (TJEBC) con la intención de contrarrestar la decisión de la Secretaría Ejecutiva.
Durante la sesión del pasado 24 de octubre, el pleno del TJEBC confirmó la decisión del IEEBC al considerar que el reclamo de los exconsejeros era infundado debido a que la prima de antigüedad no es aplicable a los integrantes del Consejo General.
En consecuencia, los exconsejeros acudieron al TEPJF en busca de una mejor resolución, sin embargo, este miércoles la Sala Superior declaró como improcedente el acto, al considerar que no de materia electoral.
La prima de antigüedad que exigían los tres consejeros electorales equivale a 15 días de salario por cada año laborado, lo que representaría un pago adicional aproximado de 200 mil pesos, lo cual no se concretará con esta resolución.
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