MEXICALI.- El pleno del Tribunal de Justicia Electoral
(TJE) en Baja California rechazó el recurso presentado por el partido Encuentro
Solidario, mediante el cual buscaba que se ordenara la suspensión de las transmisiones
en redes sociales del gobernador Jaime Bonilla Valdez, por presunta promoción personalizada
y uso indebido de recursos públicos.
El pasado 15 de febrero Encuentro Solidario presentó un
recurso ante la comisión de quejas y denuncias del Instituto Estatal Electoral
de Baja California (IEEBC) en contra del gobernador Bonilla Valdez por las
transmisiones realizadas diariamente a través de facebook, solicitando la
suspensión de las mismas.
Sin embargo, la queja registrada bajo el expediente IEEBC/UTCE/PES/10/2021
fue rechazada por la comisión, así como las medidas cautelares solicitadas, por
lo que el partido presentó un recurso ante el TJE con la finalidad de
controvertir el resultado.
El proyecto presentado por la magistrada Elva Regina Jiménez
Castillo ordenaba a la comisión de quejas y denuncias emitir un nuevo pronunciamiento
en el que revisara si durante las transmisiones se ponen en riesgo los
principios rector de la materia electoral e incluso determinar si las mismas
podrían representar —de forma sistemática— la promoción indebida del
mandatario.
La propuesta presentada por Jiménez Castillo fue
confrontada por el magistrado presidente Jaime Vargas Flores, quien consideró
que el proyecto excedía lo solicitado por el partido Encuentro Solidario.
Y es que el partido se inconformó únicamente con uno de
los 33 párrafos de argumentación presentados por la comisión de quejas, en
donde explicaba las razones para negar las medidas cautelares.
«En mi opinión el proyecto parte de una premisa
equivocada porque de manera excesiva se estarían construyendo agravios al
pretender ordenar a la responsable para que se pronuncie sobre actos que no
fueron materia de la solicitud de medidas cautelares, es decir, se propone
otorgar más allá de lo pedido», explicó Vargas Flores.
Elva Regina Jiménez Castillo explicó que desde su punto
de vista la comisión de quejas no realizó un análisis suficiente para
determinar si la permanencia de las transmisiones podría comprometer los principios
de la materia electoral, como el uso indebido de recursos públicos y promoción
personalizada.
«La modalidad de comunicación política informativa que
constituyen las mañaneras no es lo que en esencia causa lesión al recurrente,
si no lo que en éstas se manifestó y que la autoridad responsable debió desentrañar
la legítima causa de pedir del recurrente, siendo omisa en analizar tales
manifestaciones», expresó.
Finalmente y tras un breve debate, el pleno del TJE
rechazó el proyecto de Jiménez Castillo, por lo que tendrán que hacer una nueva
propuesta, ahora a cargo del magistrado
Jaime Vargas Flores.
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