Por orden del TJEBC, el Consejo General del IEEBC deberá someter a votación la posibilidad de emitir lineamientos relacionados con la revocación del mandato en Baja California.
Mexicali. Por mayoría, el pleno del Tribunal de Justicia Electoral de Baja California (TJEBC) ordenó al Consejo General del Instituto Estatal Electoral de Baja California (IEEBC) a pronunciarse respecto a la posibilidad de emitir lineamientos relacionados con la instrumentación del proceso de revocación del mandato.
Lo anterior luego de que el Partido Revolucionario Institucional (PRI) presentara un Recurso de Inconformidad en contra del Consejo General por negarse a votar la posibilidad de emitir lineamientos relacionados con la revocación de mandato durante la sesión ordinaria del pasado 29 de mayo.
Joel Abraham Blas Ramos, representante del PRI ante el Consejo General del IEEBC solicitó durante la etapa de Asuntos Generales que el IEEBC emitiera los lineamientos ya mencionados, postura que fue respaldada por Movimiento Ciudadano (MC), Partido del Trabajo (PT) y Partido Acción Nacional (PAN).
Sin embargo, el Consejo General negó esa posibilidad argumentando que durante la etapa de Asuntos Generales no está permitido el análisis, discusión y votación de cualquier punto, por lo que se necesitaría realizar un proyecto de Acuerdo y someterlo en una siguiente sesión.
Al respecto, el representante del PRI consideró que ese hecho representa una violación a su derecho de participación política, al impedirle someter a votación una propuesta en asuntos generales.
Además, señaló que negar de forma arbitraria darle trámite a una petición formal de un representante del Consejo representa una violación al principio de legalidad, ya que se trató de una solicitud clara, concreta y conforme a derecho.
Blas Ramos insistió en que la intención era que el Consejo General «sometiera a votación el acuerdo de instruir la elaboración de lineamientos para el ejercicio del derecho de revocación de mandato reconocido constitucionalmente en Baja California”.
En el recurso también se involucró Morena como tercer interesado, al señalar que el Consejo General atendió la solicitud del PRI y argumentó la imposibilidad de someter a votación la posibilidad de emitir lineamientos relacionado con la revocación de mandato.
“Los agravios no cuentan con un sustento jurídico ni lógico que resulte razonable, por una parte, porque los precedentes que cita no resultan aplicables”, expresó Morena en su posicionamiento.
Sin embargo, el proyecto presentado por la magistrada Carola Andrade Ramos declaró como fundados los agravios señalados por el PRI, al considerar que no se atendió de forma clara y precisa la solicitud del partido.
“El consejero presidente debió dar una respuesta directa a la solicitud o, en su caso, establecer un plazo para su discusión, cuestión que no aconteció en la especie”, señala el proyecto de la magistrada electoral.
Agregó que la respuesta fue ambigua y representa una violación al principio de certeza, legalidad y garantía de seguridad jurídica.
Por ello, propuso revocar el Punto 6 de la sesión ordinaria del pasado 29 de mayo, relativo a los Asuntos Generales y ordenó al Consejo General a atender la petición del PRI relativa a la instrumentación del proceso de revocación del mandato en un máximo de tres días.
Por el contrario, la magistrada Graciela Amezola Canseco se pronunció en contra al considerar que la solicitud del PRI es un asunto general que no tenía carácter de urgente, por lo tanto, el Consejo General atendió el tema de la manera adecuada.
Pese a ello, el proyecto fue avalado por la magistrada Carola Andrade Ramos y el magistrado Jaime Vargas Flores.
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