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lunes, 27 marzo 2023
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    Ayuntamientos regularan quemas agrícolas en Baja California

    Las quemas agrícolas serán reguladas por los municipios, los cuales deberán emitir permisos, según lo aprobado por el Congreso de Baja California.

     

    Mexicali. Con 20 votos a favor cero en contra, en sesión general el Congreso del Estado aprobó cambios a la Ley de Protección al Ambiente de Baja California para regular las quemas agrícolas para proteger al medio ambiente.

    La iniciativa fue promovida y presentada al Congreso en marzo del 2022 por el diputado Juan Diego Echavarría Ibarra. Incluye como parte actora en la regulación, expedición de permisos y calendario de quemas agrícolas a los municipios, sin desligar del tema al Estado y la Federación.

    En Mexicali, lo que se quema es sobre todo residuos de trigo y en menor proporción de espárrago, cebada, cártamo y maíz. Los daños a la salud ocasionados por las emisiones de PM 10 son significativos en los valles de Mexicali e Imperial del lado americano.

    Entre las medidas aprobadas otorga a los Ayuntamientos la facultad de expedir permisos o autorizaciones para efectuar quemas agropecuarias.

    Los permisos únicamente podrán expedirse a quienes demuestren haber cumplido con las medidas técnicas de seguridad para evitar daños al medio ambiente.

    La autoridad municipal competente, podrá efectuar las inspecciones previas a la expedición del permiso o autorización. Verificará la veracidad de la información proporcionada por los solicitantes y, en su caso, hacer las observaciones correctivas y preventivas que procedan.

    Se llevará un registro completo, numerado y circunstanciado de los permisos o autorizaciones para quemas agropecuarias que expidan las autoridades municipales.

    Los Ayuntamientos, emitirán anualmente un calendario de quemas agropecuarias, el cual contendrá específicamente las fechas y horarios permitidos para hacer quemas.

    Dicho calendario deberá publicarse en el Periódico Oficial del Estado, y en uno de los periódicos de mayor circulación en la entidad.

    Quemas agrícolas no deben propagarse

    Para la elaboración del calendario, los Ayuntamientos deberán coordinarse con la Comisión Nacional Forestal y la Secretaría. Así como con las demás autoridades ambientales y agropecuarias que correspondan.

    Los Ayuntamientos tendrán a su cargo la realización de campañas de difusión tendientes a evitar el uso del fuego en actividades agropecuarias.

    Deberán establecer las condiciones y requisitos para permitir la realización de las quemas agropecuarias en su demarcación territorial. Tendrán que contemplar, al menos, parámetros climáticos, estacionales, regionales, de preservación del suelo, flora y fauna. También los requisitos técnicos para prevenir el riesgo de propagación del fuego y resguardar la salud y seguridad públicas.

    Para los casos en que lo estimen pertinente, establecerán zonas de prohibición de quemas agropecuarias.

    Queda prohibido realizar quemas en terrenos aledaños a poblaciones urbanas y suburbanas, que pongan en peligro la salud o seguridad de sus habitantes.

    Los interesados en realizar quemas agropecuarias controladas deberán solicitar el permiso o autorización a la autoridad municipal correspondiente. Tienen como plazo quince días hábiles antes de la fecha en que se pretenda realizar la quema.

    Dicha solicitud, se tendrá como aviso de uso de fuego a que se refiere la normatividad de la materia.


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