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domingo, 10 mayo 2026
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    Consejeros señalan violación a la autonomía del IEEBC

    Consejeros electorales consideraron que el TJEBC violó la autonomía del IEEBC al ordenar la reinstalación de la titular de la Unidad de Archivo.

     

    Mexicali. Consejeros del Instituto Estatal Electoral de Baja California (IEEBC) se pronunciaron en contra de la sentencia del Tribunal de Justicia Electoral (TJE) del Estado donde se les ordena reinstalar a la titular de la Unidad de Archivo Alondra Ivette Agraz Nungaray, quien fuera removida por pérdida de confianza en marzo pasado.

    La sentencia fue aprobada por mayoría el pasado jueves 11 de mayo y se trató de un proyecto de la magistrada Carola Andrade Ramos.

    En su proyecto, la magistrada señaló que el Consejo Electoral debió justificar el procedimiento de remoción a la exfuncionaria, otorgándole el derecho de audiencia.

    En contra se pronunció la magistrada Elva Regina Jiménez Castillo, al considerar que no existen un proceso establecido de remoción. Incluso el Tribunal Electoral no cuenta con la facultad para imponerlo.

    Finalmente, la sentencia fue aprobada, por lo que este lunes el Consejo General Electoral sesionó de forma extraordinaria para acatarla.

    En su intervención, la consejera Vera Juárez Figueroa se pronunció en contra de la sentencia al considerar que vulnera las facultades del IEEBC. Sin embargo, reconoció que tienen la obligación acatar las sentencias del TJE.

    En los mismos términos se pronunció la consejera Olga Viridiana Maciel Sánchez al considerar que el TJE interpretó de manera inexacta diversas sentencias.

    “Es un criterio que atenta contra la autonomía e independencia de este instituto, así como de otras instancias judiciales”, expresó.

    Agregó que en la sentencia CG-JDC-59/2020 la Sala Regional Guadalajara determinó que los trabajadores del instituto no tienen el derecho de permanecer en sus cargos de manera forzosa.

    “En esta sentencia, el Tribunal local genera una permanencia e inamovilidad respecto de unas personas funcionarias de otras, haciendo una marcada diferencia y discriminación en el procedimiento”, explicó.

    Impugnarán sentencia

    De la misma forma se manifestó el consejero Javier Bielma Sánchez, al mencionar que Alondra Ivette Agraz Nungaray tenía un cargo de confianza. Es decir, que la remoción del cargo está sustentada en la Ley del Servicio Civil.

    “El Tribunal concede una medida cautelar que implica, en mi apreciación, que pudiera considerar que restringe el derecho que tienen las consejeras y los consejeros electorales, de poder someter a revisión el actuar de la persona que detente el cargo”, indicó.

    Al respecto, el consejero presidente Luis Alberto Hernández Morales, consideró indebido que la sentencia obligue al Consejo Electoral a justificar la remoción de la persona.

    Finalmente confirmó que el IEEBC promoverá un recurso para defender la autonomía del instituto y “velar por el cuidado de su patrimonio”.

    Al final el dictamen fue aprobado por unanimidad, al tratarse de una sentencia del TJE que tienen la obligación de acatar.


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    Armando2
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