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jueves, 4 junio 2026
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    Niegan a gobernadora destitución de Guadalupe Gutiérrez

    Mexicali. Por segunda ocasión, la Comisión de Quejas y Denuncias del Instituto Estatal Electoral de Baja California (IEEBC) declaró improcedente la solicitud realizada por la gobernadora Marina del Pilar Ávila Olmeda de destituir del cargo a la dirigente estatal del Partido Revolucionario Institucional (PRI) Guadalupe Gutiérrez Fregoso.

    El pasado 14 de febrero la gobernadora del Estado denunció a la dirigente partidista por violencia política contra las mujeres en razón de género.

    La denuncia fue presentada por Julio Cesar Díaz Meza, subconsejero jurídico del Estado en su carácter de Apoderado Legal de la mandataria estatal.

    Entre las solicitudes de medidas cautelares solicitadas por la gobernadora se encuentra la suspensión del cargo partidista de Gutiérrez Fregoso, sin embargo, el 22 de febrero la Comisión declaró improcedente la solicitud.

    Por ello acudieron el Tribunal de Justicia Electoral de Baja California (TJEBC) donde promovieron un recurso para controvertir el Acuerdo de la Comisión, mismo que fue revocado por el pleno el pasado 22 de abril.

    En consecuencia, le ordenaron a la Comisión de Quejas y Denuncias realizar un nuevo Acuerdo debidamente fundado y motivado.

    En respuesta la Comisión sesionó el pasado sábado 27 de abril para acatar la sentencia del TJEBC y emitir un Acuerdo en el que nuevamente declaró improcedente la solicitud de medidas cautelares solicitada por la gobernadora.

    El análisis de la Comisión señala que la gobernadora fue “omisa en identificar el acto o hecho que pretende hacer cesar, así como, el daño cuya irreparabilidad se pretenda evitar con la suspensión del cargo partidista de Guadalupe Gutiérrez Fregoso”.

    Aunque reconocen que existen elementos para identificar violencia política en razón de género, consideraron que no es suficiente para determinar la destitución de Gutiérrez Fregoso como dirigente del PRI.

    También mencionó que la permanencia en el cargo de la dirigente partidista no daña de manera irreparable algún derecho de la mandataria.

    Finalmente estableció que en la denuncia presentada no se identifica el daño cuya irreparabilidad se pretenda evitar con la suspensión del cargo partidista de Guadalupe Gutiérrez Fregoso.

    *Fotografía tomada de Facebook / Lupita Gutiérrez


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    Armando2
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