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miércoles, 22 julio 2026
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    Consejera electoral recibe beca del SECIHTI para estudiar un doctorado

    La consejera electoral Paola Ximena Beltrán Prado cuenta con una beca del SECIHTI por 20 mil 636.76 pesos mensuales lo que representa una violación a la ley electoral y puede configurarse como causal de remoción.

    Mexicali. Paola Ximena Beltrán Prado, consejera del Instituto Estatal Electoral de Baja California (IEEBC) recibe una beca del Secretaría de Ciencia, Humanidades, Tecnología e Innovación (SECIHTI) por más de 20 mil pesos mensuales para estudiar un doctorado, pese a que la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales (LGIPE) le prohíbe obtener ingresos provenientes de una fuente diversa al organismo electoral.

    Beltrán Prado tomó protesta como consejera electoral el pasado 1 de noviembre del 2025 por un periodo de siete años que culminan el 31 de octubre del 2032, percibiendo un salario superior a los 69 mil pesos mensuales.

    Actualmente la consejera electoral se encuentra cursando el Doctorado en Derecho Procesal Constitucional y Derechos Humanos en la Universidad Autónoma de Baja California (UABC), lo que se pudo comprobar mediante una publicación en redes sociales que realizó la Facultad de Derecho Campus Tijuana en donde informa que los alumnos del citado Doctorado participaron en el Congreso Internacional “inteligencia Artificial, Derecho y Sociedad, celebrado en la Universidad de Salamanca, España, el pasado 18 y 19 de junio, periodo en el que la consejera electoral se ausentó de sus labores en el IEEBC.

    Para cursar el doctorado, Paola Ximena Beltrán Prado obtuvo una beca del SECIHTI por 20 mil 636.76 pesos, según se confirmó a través de una solicitud de acceso a la información.

    Dicha beca se encuentra vigente desde febrero del 2025; nueve meses antes de asumir el cargo de consejera electoral, y finaliza en enero del 2028.

    Se trata del segundo apoyo que recibe Paola Ximena Beltrán Prado a través del SECIHTI, pues entre agosto del 2019 y julio del 2021 obtuvo otra beca por 11 mil 558.25 pesos para estudiar la Maestría en Impuestos en la UABC.

    Causal de remoción

    La beca que recibe la consejera electoral podría configurarse como causal de remoción toda vez que contraviene el artículo 102, párrafo segundo, de la LGIPE, el cual señala lo siguiente:

    “Los Consejeros Electorales de los Organismos Públicos Locales podrán ser removidos por el Consejo General, por incurrir en alguna de las siguientes causas graves: a) Realizar conductas que atenten contra la independencia e imparcialidad de la función electoral, o cualquier acción que genere o implique subordinación respecto de terceros”.

    Respuesta Solicitud

    Además, va en contra de lo señalado en el artículo 28, numeral 2, del Reglamento para la Designación y Remoción de las y los Consejeros Presidentes y las y los Consejeros Electorales de los Organismos Públicos Locales Electorales.

    “Las y los ciudadanos que hayan sido designados como Consejero Presidente o Consejeros Electorales, presentarán manifestación bajo protesta de decir verdad, dentro del término de cinco días hábiles contados a partir de la notificación del Acuerdo de designación, que no desempeñan ningún empleo, cargo o comisión, con excepción de aquellos relacionados con actividades docentes, científicas, culturales, de investigación o de beneficencia no remunerados”.

    Según lo señalado por el INE, la consejera electoral debió presentar un escrito mediante el cual manifieste, bajo protesta de decir verdad, que no desempeña otro empleo, cargo o comisión, con excepción de aquellos relacionados con actividades docentes, científicas, culturales, de investigación o de beneficencia que no sean remuneradas.

    Antecedentes en Baja California Sur

    Apenas el pasado 12 de marzo se registró un antecedente similar cuando el Consejo General del Instituto Nacional Electoral (INE) determinó la remoción de Alejandro Palacios Espinosa, entonces consejero presidente del Instituto Estatal Electoral de Baja California Sur (IEEBCS) tras confirmarse que es miembro del Sistema Nacional de Investigadoras e Investigadores (SNII) como investigador nivel 2, recibiendo un apoyo del SECIHTI.

    Palacios Espinosa recibió del SECIHTI más de 314 mil pesos en 2022; más de 338 mil pesos en 2023 y más de 355 mil pesos en 2024, periodo en el que ya era consejero presidente del IEEBCS.

    En su defensa, el exconsejero electoral reconoció los ingresos, sin embargo, explicó que se trataba solamente de apoyos económicos por su calidad de investigador y no representaba un salario o remuneración que implicara algún tipo de subordinación.

    Pese a ello, el Consejo General señaló en el Acuerdo INE/CG105/2026 que la normativa electoral impide a los consejeros y consejeras tener ingresos adicionales a los percibidos con motivo de su encargo al considerar que implica una obligación y subordinación con terceros, independientemente de la forma en cómo se le llame.

    “Cuando se acredita que una persona consejera electoral percibe ingresos provenientes de una fuente diversa al organismo electoral al que pertenece, se actualiza el supuesto previsto en el artículo 102, numeral 2, inciso a), de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales, relativo a la realización de conductas que atenten contra la independencia e imparcialidad de la función electoral o que impliquen subordinación respecto de terceros, pues el desacato a la prohibición constitucional referida compromete directamente los principios que garantizan la integridad del sistema democrático”.

    De igual forma, la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación en el Juicio para la Protección de los Derechos Político-Electorales de la Ciudadanía SUP-JDC-158/2026 confirmó el Acuerdo del Consejo General del INE al considerar que:

    El hecho de recibir el apoyo económico como investigador dentro del SNII sí compromete los principios de independencia e imparcialidad, ya que las consejerías electorales, en su caso, para obtener el apoyo económico se colocarían en un escenario en el que son susceptibles a recibir indicaciones, instrucciones, sugerencias o insinuaciones vinculadas a actividades de la función electoral.”
    Según la información obtenida a través de la solicitud de acceso a la información, hasta el pasado mes de mayo la beca otorgada a Paola Ximena Beltrán Prado permanecía vigente y no había sido cancelada, lo que implica que ha recibido más de 144 mil pesos del SECIHTI durante su encargo como consejera electoral.

    También se desconoce si la consejera electoral reportó que contaba con esta beca en la Declaración bajo protesta de decir verdad entregada el 11 de abril del 2026 o en la entrevista realizada por los consejeros Uuc-Kib Espadas Ancona, José Martín Fernando Faz Mora, Rita Bell López Vences y B. Claudia Zavala Pérez durante el proceso de selección.

    De presentarse una denuncia, Paola Ximena Beltrán Prado podría ser sometida a un proceso de remoción similar al que enfrentó Alejandro Palacios Espinosa el pasado mes de marzo.


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    Armando2
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