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jueves, 21 mayo 2026
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    Debe Estado asumir responsabilidad de huérfanos de feminicidio

    La diputada Rocío Corona Nakamura (PVEM) planteó reformas para que el Sistema Nacional del DIF o los sistemas de las entidades federativas, en coordinación con las Procuradurías de Protección, adopten medidas que garanticen educación, salud y alimentación a menores huérfanos de feminicidio.

    La propuesta de la legisladora modifica los artículos 26, 47, 48 y 49 de la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes.

    Seguridad para los huérfanos de feminicidio

    En un comunicado, detalló que los niños, niñas y adolescentes que por el feminicidio de su madre quedaron huérfanos, deben tener la seguridad del disfrute pleno y la satisfacción de sus derechos alimenticios, educativos, de salud física y emocional, hasta que cumplan la mayoría de edad.

    “El tema no es menor y puede convertirse en una bola de nieve, porque se trata de las hijas e hijos, muchas veces menores de edad, que quedan en la orfandad, bajo un esquema sistemático de revictimización por la pérdida y el asesinato violento de sus madres, y además padecen la indiferencia de las autoridades de este país”, advirtió Corona Nakamura.

    La iniciativa señala que los legisladores tienen una corresponsabilidad pendiente con los tres niveles de gobierno para coadyuvar en brindar seguridad a la población en general, pero también, promover la denuncia y proteger a las víctimas directas o indirectas de los delitos.

    Cifras

    La cifra de feminicidios ha ido en aumento en el país, como lo vimos en el año 2021, donde según datos del Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública (SESNSP) se registró la muerte de mil seis mujeres.

    Además de otros 2 mil 747 asesinatos, fueron catalogados como “homicidios dolosos”, en buena medida debido a la negligencia y a la carencia de perspectiva de género en la investigación y proceso judicial, agregó.

    Pocos casos

    La legisladora añadió que sólo entre el 20 y 25 por ciento de los asesinatos son clasificados por violencia de género, situación a la cual se suma el desinterés social e institucional que hace invisibles a las víctimas.

    “Una niñez que está en el abandono total y de la no tenemos un censo oficial confiable”, dijo la diputada.

    Derecho a la información

    El diputado Mario Alberto Rodríguez Carrillo (MC) impulsa cambios a la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, con el objetivo de garantizar el derecho a la información a las mujeres que hayan sido violentadas, a fin de atender, prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra ellas.

    La propuesta adiciona el artículo 53 Bis a dicha ley para establecer que las mujeres víctimas de violencia de género tienen derecho de acceso integral a la información, protección de datos personales y acompañamiento individual, a través de las dependencias, organismos y oficinas de la administración pública federal, estatal o municipal.

    Asimismo, que la información comprenderá las medidas contempladas en la ley relativas a su protección, seguridad, educación, derechos y ayuda, así como la referente al lugar de prestación de los servicios de atención, emergencia, apoyo y recuperación integral.

    Además, garantizar que las mujeres en situación de discapacidad, víctimas de violencia de género, tengan acceso integral a la información sobre sus derechos y los mecanismos, programas y medidas de protección.

    La información deberá ser accesible y comprensible a las personas en situación de discapacidad, asegurando el idioma indígena según corresponda, lenguaje de signos u otras modalidades y opciones de comunicación.

    Importancia

    La iniciativa, enviada a la Comisión de Igualdad de Género, destaca la importancia de garantizar el acceso a la información, en razón de ser un derecho fundamental para la prevención de la violencia y la discriminación contra las mujeres.

    Afirma que los estados tienen la obligación específica de producir estadísticas, parámetros y estudios reales e información pertinente sobre las causas, consecuencias y frecuencia de la violencia contra las mujeres y utilizarla como base para el diseño y evaluación de la eficacia de las políticas públicas y demás medidas adoptadas.

    Por ello, resalta la necesidad de especificar en la Ley la garantía de acceso a la información, para promover la cultura de la transparencia y capacitar a los funcionarios públicos en esa materia, con la finalidad de acrecentar los mecanismos disponibles para realizar solicitudes de información al Estado.

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