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viernes, 15 mayo 2026
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    Propone diputada prohibir bebidas energizantes a menores

    Una diputada federal del Partido Verde Ecologista propuso prohibir bebidas energizantes a menores a través de un proyecto de reforma

    Una diputada del Verde propuso un proyecto de ley a fin de prohibir el consumo de bebidas energizantes a menores de edad.

    La diputada Rocío Corona Nakamura (PVEM) informó que impulsa una iniciativa de reforma a la Ley General de Salud.

    La idea, dijo, es prohibir el suministro de bebidas energizantes o adicionadas con cafeína a menores de edad.

    La medida incluye equiparar la violación de dicha disposición con el delito de corrupción de menores, previsto en el Código Penal Federal.

    En un comunicado, la diputada indicó que la prohibición se hace extensiva para proteger a las personas que no tienen capacidad para comprender el significado del hecho.

    También cubre a personas que no tienen capacidad para resistir el consumo de dichos productos.

    Declaraciones

    “Las reformas buscan atender un problema grave de salud pública, pero, sobre todo, proteger la salud de las niñas, niños y adolescentes de nuestro país”, expresó.

    De acuerdo con diversos medios de comunicación, el consumo de dichas bebidas, por ejemplo, se elevó 66 por ciento de 2008 a 2018.

    La Procuraduría Federal del Consumidor analizó en 2020 24 marcas de bebidas carbonatadas adicionadas con cafeína y otros ingredientes.

    El estudio encontró que 13 de ellas rebasan la recomendación de la Organización Mundial de la Salud (OMS) de ingesta de azúcares diarios en un adulto.

    Las bebidas energizantes pueden contener hasta 115 miligramos de cafeína por envase.

    La ingesta no debe exceder los 165 miligramos por día.

    Exceso

    Aclaró que, aunque cada envase por sí solo no rebasa la ingesta diaria recomendada de cafeína, es altamente probable que los menores de edad lleguen a consumir más de una botella diaria.

    La iniciativa propone también conceptualizar con mayor precisión la definición de “suplementos alimenticios”.

    Esto, al establecer que queda prohibido el atribuirles propiedades farmacológicas o fines terapéuticos.

    Además de definir con precisión el contenido de las bebidas adicionadas con cafeína y otros componentes.

    “Será la Secretaría de Salud quien autorice la publicidad que se realice sobre la existencia, calidad y características.

    Dicha instancia estará a cargo de “promover el uso, venta o consumo en forma directa o indirecta de estas bebidas adicionadas con cafeína y además establecer la prohibición de la publicidad de estas bebidas dentro de los centros escolares de nuestro país”, finalizó.


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